Call now: (+34) 647 266 435     (+34) 956 642 171

Uncategorised

Property Purchase Taxes Andalusia

Impuestos en Compraventas en Andalucia

Impuestos en Compraventas en Andalucia

Cada región autónoma tiene el derecho de establecer sus propios impuestos, por lo que las diferencias existen, aunque pequeñas. Ayudamos a las personas a comprar y vender propiedades en Andalucía, en las provincias de Málaga y Cádiz. Por lo tanto, proporcionamos información de la página web de la Junta de Andalucía sobre los impuestos. (Información general sobre plusvalía se encuentre aqui). En general, añade aproximadamente 13 – 15% por encima del precio de compra de la propiedad. (La compra en la subasta tiene diversos requisitos, encuentra más aquí.)

Existen diferentes tipos de impuestos que puedes tener que pagar dependiendo de las características de la vivienda.

Primera transmisión

Si se trata de la primera transmisión (viviendas de nueva construcción) hay que pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). El IVA aplicable a la vivienda nueva es de un 10%, mientras que si se trata de una vivienda protegida este se reduce al 4%.  Además, la formalización en documento público del contrato de compraventa (escrituras) está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la modalidad Actos Jurídicos Documentados.

En los contratos de alquiler con opción de compra, incluidas hasta dos plazas de garaje por vivienda y anexos que se arrienden conjuntamente, antes de ejercitar la opción, se aplicarán los tipos impositivos del 10% y del 4% (en el caso de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública).

 

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (A.J.D.)

Este impuesto solo se paga en la compra de viviendas nuevas que lleven IVA.

Actualmente en Andalucía, este impuesto es del 1,5% del precio de venta.

Hay  una reducción de este impuesto al 0,3% en los casos de compra de viviendas de protección oficial (VPO), o cuando la compra es inferior a 130.000 € y el comprador en menor de 35 años.

Así pues, has de saber que la compra de una vivienda nueva en Andalucía, con carácter general, liquida unos impuestos a Hacienda del 11,50%.

 

Impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP)

Este es el impuesto que se paga cuando se compra una vivienda de segunda mano.

 

Cuota tributaria

La cuota tributaria se obtendrá aplicando al precio de la vivienda los siguientes tipos de gravamen:

    1. Transmisión de inmuebles:
      • Con carácter general, la cuota tributaria se obtendrá aplicando sobre la base liquidable el tipo que resulte de la siguiente tarifa:
        Base liquidable hasta euros Cuota íntegra euros Resto Base Liquidable euros Tipo aplicable
        0,00 0,00 400.000,00 8,00%
        400.000,01 32.000,00 300.000,00 9,00%
        700.000,01 59.000,00 en adelante 10,0%
      • Para el caso de transmisión de inmuebles que tengan la calificación urbanística de plaza de garaje, salvo garajes anejos a la vivienda, con un máximo de dos:
        Base liquidable hasta euros Cuota íntegra euros Resto Base Liquidable euros Tipo aplicable
        0,00 0,00 30.000,00 8,00%
        30.000,01 2.400,00 20.000,00 9,00%
        50.000,01 4.200,00 en adelante 10,0%

Para la mayoría de las personas se paga un 8% hasta los primeros 400.000 €, un 9% en los próximos 300.000 € y un 10% en todas las cantidades acumuladas después de eso.

¿Quieres comprar una vivienda?

 

!Permitanos ayudarte! Related » Uncategorised
. . .
Cow and Calf Seek Shade in Bolonia

Vaca y Cría buscan sombra

Vaca y Cría Buscan Sombra en Playa de Bolonia.

Aprovecharon este sábado un paseo de la propietaria para adueñarse por un rato de la sombra libre de la playa

Ocurrió el dia 1 de julio 2017. Un sábado en la playa de Bolonia (Cádiz), una zona de playa casi salvaje en pleno naturaleza situado en Tarifa, a unos 15 minutos en coche de esta localidad.

No es nada original, los visitantes de esta playa están acostumbrados a que de vez en cuando se acerquen los animales a la orilla, para refrescarse.

Las vacas de raza retinta siempre estuvieron por los campos gaditanos, la sierra e incluso las playas de Zahara o Bolonia. Por ello no despertaban gran interés aunque si curiosidad entre los turistas (al estar acostumbrados y formar parte del paisaje). Lo que no es nada habitual es encontrártelas invadiendo sombrillas en el mes de julio.

Bolonia es una ciudad que tiene mucho que ofrecer al turista tanto visualmente como culturalmente. Cuenta con una longitud de 3800 metros y una anchura media de 70 metros. Es una de las pocas playas vírgenes que se pueden encontrar en el sur de la península Ibérica. La escasa ocupación humana del área circundante ha propiciado su conservación, a diferencia de otras cercanas. En el sector oeste de la playa se encuentra la duna de Bolonia, monumento natural declarado en 2001 y de gran importancia ecológica.

La antigua ciudad romana de Baelo Claudia está situada en la ensenada de Bolonia, en la población de Bolonia, a unos 22 km al noroeste de la ciudad de Tarifa, en la provincia de Cádiz (España). Se encuentra dentro del actual Parque Natural del Estrecho. El estudio de sus restos arquitectónicos muestra su origen romano a finales del siglo II a. C., observándose ya desde esa época una gran riqueza que la convierte en un centro económico importante dentro del área del Mediterráneo.

Baelo Claudia

. . .

Gastos HIPOTECARIOS Menos que Antes

Gastos HIPOTECARIOS deben ser a cargo del BANCO

Efectivamente, la STS nº 705/2015 (F.D. 5º, apartado g) afirma que “la cláusula que pretende atribuir al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato, supliendo y en ocasiones contraviniendo normas legales con previsiones diferentes” es una cláusula abusiva que contraviene el Art. 89.3 de la Ley General de Consumidores y Usuarios, según el cual, se califica como abusiva toda cláusula que transmita al consumidor las consecuencias económicas de gestión que no le sean imputables; la imposición de gastos de documentación y tramitación en la adquisición de viviendas que por ley corresponda al empresario; y derivación de impuestos que por ley vengan atribuidos al empresario como sujeto pasivo.

En concreto, la Sentencia analiza la nulidad en los siguientes casos: gastos de notaría, registro de la propiedad, impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, gastos derivados de la contratación de un seguro de daños y gastos pre-procesales, procesales o de otra naturaleza.

‘[Consideran] nulas las cláusulas que imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en determinados hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Otras cláusulas consideradas nulas son las que imponen al consumidor el pago de los gastos pre-procesales, procesales o de honorarios de abogado y procurador contratados por la entidad prestamista, en casos de incumplimiento de su obligación de pago; las que impiden al prestatario variar el destino del inmueble sin la autorización expresa del banco; y las que equiparan la aceptación por el cliente de una oferta telefónica a su firma manuscrita y a la asunción de las condiciones particulares del contrato.
En materia de interés de demora, la sentencia mantiene la declaración de nulidad por abusivo del tipo fijado en el préstamo hipotecario … al 19% y, aplicando el mismo criterio establecido para los préstamos personales, considera que la nulidad afectará al exceso respecto del interés remuneratorio pactado.
En aplicación de la doctrina de la Sala sobre los requisitos de las clausulas suelo, la sentencia considera que la estipulación incluida en el préstamo hipotecario del [banco] es nula por no reunir las exigencias de transparencia aplicables, al tiempo que reitera la nulidad de la cláusula suelo del contrato del [banco], ya declarada en otras sentencias anteriores.’

Madrid, enero de 2016.
Área Civil del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo.

Minuta:

http://www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNAL%20SUPREMO/DOCUMENTOS%20DE%20INTER%C3%89S/Nota%20de%20la%20Sala%20de%20lo%20Civil%2021%20de%20enero%202016.pdf

Gastos HIPOTECARIOS a cargo del BANCO
Pareja ahorra en compraventa
Gastos HIPOTECARIOS deben ser a cargo del BANCO
Dinero ahorrado
. . .
A couple and a house under a Spanish Sunset

Precio de Vivienda Sube 5,7% en 2016

  • Precio de Vivienda Sube 5,7% en 2016
  • Las compraventas de vivienda durante 2016 se incrementaron un 13,9% sobre al año 2015
  • El precio de la vivienda mostra un incremento trimestral del 1,9% en el IPVVR (Metodología Case & Shiller del precio de la vivienda aplicada a España)
  • Acumulando para el año 2016 el precio de vivienda sube del 5,7%.

Compraventas inscritas

  • Alcanzan las 93.423 operaciones
  • 11,2% más que en el mismo trimestre de 2015
  • El mejor resultado de un cuarto trimestre de los últimos siete años.

El año 2016 ha cerrado superando la barrera de las 400.000 compraventas registradas: 403.743 operaciones, la mejor cifra interanual desde mediados de 2011, con un incremento anual del 13,9%. Sin embargo, el comportamiento continuó siendo muy distinto: la vivienda usada se incrementó el 18,5% mientras que la vivienda nueva experimentó un descenso del 3,2%.

Compras de extranjeros

  • El cuarto trimestre del año enseña el mayor porcentaje de compra por extranjeros de 2016, con un 13,6% de las compras de vivienda.
  • 13,3% de las compras han sido realizadas por extranjeros, alrededor de 53.000 operaciones.

En Cabeza Los Britanicos

Por nacionalidades, durante el cuarto trimestre, continuaron en cabeza los británicos con el 16,4%, acumulando cuatro trimestres consecutivos de pérdida de peso relativo (desde el 24% del 4º trimestre de 2015), a continuación se situaron los alemanes (9,2%), franceses (8,5%), suecos (6,4%) y belgas (6,3%).

Características del crédito hipotecario

  • El endeudamiento hipotecario medio de 2016 ha sido de 111.656 €, un incremento interanual del 2%.
  • La contratación a tipo de interés fijo ha alcanzado 31% de los nuevos créditos hipotecarios, un nuevo máximo histórico.
  • Se comporta favorablemente la accesibilidad en la compra de vivienda: la cuota hipotecaria en el cuarto trimestre se ha situado en 524,7 euros.
  • Un descenso sobre el trimestre anterior del 1,7%, mientras que el porcentaje de dicha cuota con respecto al salario disminuye 0,45 p.p.  hasta el 28,3%.
  • Los resultados interanuales han marcado nuevos mínimos históricos (últimos catorce años), con 522,6 € y un 27,5%. Con respecto a 2015 supone un descenso del 2,7% en la cuota hipotecaria y de -0,88 p.p. en el porcentaje con respecto al coste salarial.

Ahora es el momento para comprar.

Nota: El informe completo se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.registradores.org/portal-estadistico-registral/estadisticas-de-propiedad/estadistica-registral-inmobiliaria/  de la web de Registradores.

. . .