Las inscripciones por ejecuciones hipotecarias iniciadas sobre viviendas de personas físicas descienden un 16,7% en tasa anual Las iniciadas sobre viviendas de personas jurídicas bajan un 46,3% El número de inscripciones de certificaciones por ejecuciones hipotecarias iniciadas en los registros de la propiedad en el segundo trimestre de 2023 es de 5.386, lo que supone un 4,2% más que el trimestre anterior y un 26,0% menos que en el mismo trimestre de 2022. Entre las viviendas de personas físicas con ejecución hipotecaria, 2.697 1 son habituales en propiedad (un 16,0% menos que en el mismo trimestre de 2022) y 563 no son residencia habitual de los propietarios (un 19,8% menos).
Resultados por comunidades autónomas
Las comunidades con mayor número de certificaciones por ejecuciones hipotecarias sobre el total de fincas en el segundo trimestre son Andalucía (1.509), Comunitat Valenciana (1.019) y Cataluña (995). Por su parte, Comunidad Foral de Navarra (22), Cantabria (29) y La Rioja (38) registran el menor número. En el caso de viviendas, Andalucía (1.004), Cataluña (757), y Comunitat Valenciana (693) presentan el mayor número de ejecuciones. Los menores se dan en Comunidad Foral de Navarra (15), Cantabria (23) y La Rioja (29).
Preferencia de vivienda unifamiliar, normalmente con mayor superficie media y espacios abiertos (terrazas y jardines).
Durante 2020 se han inscrito 419.898 compraventas de vivienda, -16,7% sobre 2019, retrocediendo a niveles de mediados de 2017.
El Colegio de Registradores, dentro de su Estadística Registral Inmobiliaria del cuarto trimestre, da a conocer el comportamiento en la demanda de vivienda que refleja las tendencias actuales de los españoles durante el transcurso de la pandemia. Para ello se analiza la proporción de pisos y viviendas unifamiliares, la superficie media de las nuevas compraventas, y la proporción de compraventas de vivienda en capitales frente al total de su respectiva provincia.
Las compraventas de vivienda durante el cuarto trimestre han sido de vivienda colectiva (pisos) en un 77,5% y un 22,5% de vivienda unifamiliar. Con respecto al trimestre precedente se ha registrado un incremento en el peso de compraventas de vivienda unifamiliar de 2,10 pp, provocando un nuevo máximo de la serie histórica (desde 2005), acompañados del correspondiente mínimo histórico de los pisos. Un trimestre más, los resultados muestran una intensificación de la preferencia por la modalidad de vivienda unifamiliar, normalmente con mayor superficie media y espacios abiertos (terrazas y jardines).
En la tabla siguiente se muestra cómo los unifamiliares, con el 22,5% de las compraventas de vivienda antes indicado, muestran un incremento significativo sobre los datos acumulados de los últimos doce meses, que eran del 20,1%.
En el análisis de la superficie media de vivienda, ésta se ha incrementado nuevamente (0,9% sobre el trimestre precedente), registrando su máximo de la serie histórica con 102,1 m2 para el conjunto de vivienda. En vivienda nueva libre la superficie media transferida se ha elevado a los 110,9 m2, superando el máximo histórico que se alcanzó en el segundo trimestre (110,4 m2). Por su parte, la vivienda usada alcanzó una superficie media de 100,7 m2, que también supone su mayor registro de la serie histórica. En consecuencia, continúa produciéndose una generalización del crecimiento de la superficie media transferida, ratificando el cambio de preferencias en el actual contexto de crisis sanitaria, demandando preferentemente viviendas con mayor superficie.
Si observamos el crecimiento trimestral general de la superficie media de la vivienda, el 0,9% en tres meses, se aprecia que es proporcionalmente mucho mayor que el acumulado de los últimos doce meses, que ha sido del 2,2%, intensificando claramente la tendencia hacia una mayor superficie.
Atendiendo exclusivamente a las compraventas de pisos desagregados según la superficie, se confirma la focalización de la demanda en los pisos más grandes. Como se ve en el siguiente gráfico, en el cuarto trimestre el 52,4% de las compras de pisos han sido de superficie superior a 80 m2, registrando un incremento muy significativo, de 1,9 p.p con relación al cuarto trimestre del año anterior. Los pisos entre 60-80 m2 han supuesto el 28,0%, los de superficie entre 40-60 m2 el 16,4% y los de menos de 40 m2 el 4,2%.
Se incluye también en la Estadística Registral Inmobiliaria un informe para medir el peso de las compraventas de vivienda en las capitales de provincia con respecto al total de la provincia correspondiente. De las ocho capitales de provincia con mayor número de habitantes, en seis de ellas el peso relativo de compraventas de vivienda con respecto a su provincia se ha reducido con respecto al trimestre precedente. Tomando, por ejemplo, las cinco grandes capitales de provincia, Madrid ha registrado en el último trimestre un peso del 42,7%, mientras que en 2015 suponía el 57,7% de las compraventas de la provincia y el trimestre precedente el 47,3%. En Barcelona el peso es del 22,2%, a mediados de 2014 representaba el 36,1% de las compraventas de la provincia y el trimestre precedente el 23,8%. Valencia muestra un peso del 25,7%, a finales de 2016 estaba en el 37,3% y el trimestre precedente en el 28,1%. Sevilla registra el 34,6% de las compraventas de vivienda de la provincia, mientras que en 2016 superaba el 50%, y el trimestre precedente el 36,8%. Finalmente, Zaragoza registra un peso del 66,9%, hace apenas un año alcanzaba el 75,4% y el trimestre precedente el 72,2%.
Los datos anteriores apuntan de nuevo a la tendencia detectada de búsqueda de vivienda en núcleos poblacionales con menor densidad, debiendo confirmarse en posteriores trimestres dado que son modificaciones en la forma de vida, con consecuencias familiares y personales relevantes, que requieren un cierto plazo de tiempo para materializarse.
Las compraventas de viviendas inscritas descendieron durante el cuarto trimestre el 3,1% sobre el mismo trimestre del año anterior
Debido a la situación económica y sanitaria vivida durante el pasado año, se incluye en esta nota del cuarto trimestre un resumen del mismo recopilando los datos de compraventas e hipotecas, totales y de viviendas, ya publicados en los avances de meses anteriores, con objeto de evaluar la evolución global del trimestre.
En la comparación del cuarto trimestre con el mismo período de 2019, se sigue apreciando el impacto económico de la pandemia, con una evolución algo más positiva en este cuarto trimestre, mostrando un ligero aumento del 0,3% en las compraventas totales, y una disminución del 3,1%, en las compraventas de vivienda, mejores datos que los del tercer trimestre, en el que descendieron el 16,6%.
Si observamos la financiación, el número de hipotecas constituidas mediante su inscripción registral descendió anualmente en mayor medida que las compraventas, -10,1% las hipotecas totales, y algo menos, -5,8%, en las hipotecas sobre vivienda.
A continuación se presenta, como es habitual, la Estadística Registral Inmobiliaria del Colegio de Registradores correspondiente al cuarto trimestre, donde destacamos lo siguiente:
Compraventas inscritas
Entre octubre y diciembre se inscribieron en los registros de la propiedad 113.799 compraventas de vivienda, con un incremento del 11,4% sobre el trimestre anterior.
En vivienda nueva se han registrado 22.842 compraventas, creciendo el 0,9% sobre el tercer trimestre. La vivienda usada, con 90.957 operaciones, creció el 14,3% trimestral.
Con respecto al mismo trimestre de 2019 el descenso interanual del cuarto trimestre ha sido del 16,7%. En los últimos doce meses se han inscrito 419.898 compraventas de vivienda, retrocediendo a niveles anuales de la primera mitad de 2017.
Compras de extranjeros
En el cuarto trimestre la compra de viviendas por extranjeros se sitúa en el 10,7% de las compras de vivienda, por debajo del 11,4% que supuso en el tercero.
Por el contrario, en términos absolutos, al haberse producido un incremento en el total de compraventas sobre el trimestre anterior, se ha registrado un incremento del volumen de compras por extranjeros al alcanzar más de 11.800 operaciones, frente a las cerca de 11.400 inscritas durante el tercer trimestre. Las nacionalidades que encabezan las compras han sido británicos (14,5%), franceses (8,3%), alemanes (8,1%), marroquíes (7,4%) y belgas (6,1%).
Los datos por CC.AA. muestran que las compras por extranjeros han sido encabezadas por Illes Balears (32,7%), Canarias (22,5%), Comunidad Valenciana (21,7%), Región de Murcia (19,4%), Cataluña (11,4%) y Andalucía (11,3%).
El Pago en Negro en la Compraventa de una Vivienda.
El sector inmobiliario vive un nuevo ciclo después de los años de la crisis. Un tiempo en el que debe definir su futuro y sentar los cimientos de un mercado de la vivienda sano, con la palabra «transparencia» como una de las banderas, según los entendidos. Sin embargo, en torno a este sector aún perduran vicios. Entre estos, destaca la economía sumergida, entendida como los pagos no declarados. Sobre todo, en la compraventa, cuando vendedor y comprador acuerdan una parte del desembolso en dinero negro.
Claro, es el vendedor quien tiene mas a ganar. Pero, hay consecuencias negativas para el adquiriente – la vivienda tendrá un menor valor de adquisición y, por tanto, una mayor plusvalía a pagaren una futura venta y seria unalimitación del importe de la hipoteca a contratar.
Además, la Agencia Tributaria posee unas tablas (vinculadas al valor catastral de la vivienda), de valoración de la vivienda a efectos de una compraventa, de modo que entienden que la vivienda debe ser transmitida como mínimo por el valor que se le ha dado por la Agencia Tributaria. Si escrituras por 150.000 €, y resulta que la vivienda está valorada en 200.000€, recibiras una carta de la Oficina Liquidadora de tu población, que finalizará con el pago de los Impuestos correspondientes a la cifra que ellos consideran correcta. Y, además, en el momento en el que decidas vender la vivienda, tendrás una ganancia patrimonial muy abultada, por la que deberás tributar.
La verdad es que no merece la pena a hacerlo. Si estás considerando comprar una propiedad en España, este es probablemente uno de los mejores momentos en la última década para hacerlo. España parece estar finalmente saliendo de la recesión económica y después de algunos años muy duros los precios del mercado están probablemente repuntando ligeramente, por lo que una buena parte de las propiedades que están en el mercado se pueden comprar a un valor menos de lo que sus actuales propietarios pagaron por ellas hace años.
¿Porque elegir a una Inmobiliaria?
Elegir un hogar, o cambiar la vivienda por otra será una de las mayores inversiones que hagas a lo largo de tu vida. Puede ser una experiencia un tanto estresante, pero, es necesario que estés tranquilo, que disfrutes y que vivas ese momento con ilusión. Desde la inmobiliaria TMT SPAIN siempre estamos pendientes de ti y de tus intereses, ponemos a tu disposición el trabajo de nuestros expertos inmobiliarios para ayudarte a encontrar la casa de tus sueños.
¿Qué es un agente de inmobiliario?
Un agente es solo eso, una entidad que actúa en nombre de otro. Cuando se trata de propiedades, la relación es un tanto artificial. El Comprador suele ser una parte interesada, mientras que nuestro cliente casi siempre es el Vendedor, pero ambos se unen en un trato de oferta, aceptación y consideración. El proceso puede ser increíblemente rápido o proceder lenta y cautelosamente. No nos importa, estamos allí para ayudar sin importar el largo del viaje. El Vendedor y el Solicitante confían en nuestro conocimiento y conexiones locales. Ya sea actuando simplemente como un servicio de información turística de facto, cada agente inmobiliario reconoce esa función o se asegura de que comprenda cómo se compran y venden las propiedades. Nuestro zona es la región autónoma de Andalucía, España, concretamente las provincias de Cádiz y Málaga.
Comparar, Reconocer y Averiguar.
Sea seguro: conozca el proceso de compra – venta de propiedades en Andalucía.
Para realizar una buena elección de la vivienda ideal es preciso COMPARAR las posibilidades del
mercado, RECONOCER las características físicas de la vivienda y AVERIGUAR su situación jurídica.
Examinar las características físicas de la vivienda
Examinar la situación jurídica de la vivienda
Para conocer bien la vivienda que vamos a adquirir no sólo es preciso visitarla, sino que además
es imprescindible conocer cuál es su situación jurídica, averiguando, entre otras cosas, a quien pertenece, los gravámenes sobre la misma, si está sujeta a algún régimen especial, si está al corriente en el pago de las cuotas de comunidad y en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, o si existe alguna prohibición de disponer sobre la misma.
La compra de viviendas sobre plano
En caso de que la vivienda que queramos comprar no haya sido construida, la única descripción a la que podremos acceder será la que resulte del plano que el promotor nos muestre, pues la
vivienda sólo existirá si éste cumple su obligación de edificar de acuerdo con lo establecido en los planos sobre los que se celebró el contrato. Una vez finalizada la construcción, y antes de firmar la escritura de compraventa, deberemos exigir del vendedor que justifique que la obra ha sido terminada de acuerdo con la descripción establecida en el plano.
Compra-Venta en Notaria
La firma del contrato de compraventa supone generalmente la entrega, por un lado, de la vivienda y, por otro, del pago del precio por el comprador. La elección del notario corresponde en principio a quien vaya a satisfacer sus honorarios.
Antes de autorizar la escritura el notario pedirá al Registro de la Propiedad una nota simple que acredite la titularidad y cargas de la finca, e inmediatamente después de haberse firmado, si las partes lo solicitan, remitirá al Registro una comunicación en la que se exprese que la escritura ha sido autorizada, evitando así que, ya celebrado el contrato, el comprador pudiera quedar afectado por algún embargo o carga del vendedor que accediera al Registro con anterioridad a la compra.
El Pago de los Impuestos
Los impuestos a pagar serán distintos según se trate de la compra de una primera vivienda, realizada directamente al promotor, o de la compra de viviendas de segunda mano.
COMPRA DE VIVIENDAS NUEVAS
El comprador deberá abonar al vendedor el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) (10% en Andalucia).
COMPRA DE VIVIENDAS USADAS
El impuesto a pagar es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. (ITP)
Fuente: Junta de Andalucia
LA ESCRITURA DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO
Sujeta al pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, 1.5% en Andalucia, sobre el total importe de la responsabilidad hipotecaria, es decir, no de la cantidad efectivamente prestada, si no de la cantidad garantizada para la devolución del principal, de los intereses y de las costas de ejecución.
Las escrituras de novación, subrogación y cancelación de préstamos hipotecarios están exentas de impuestos.
La inscripción en el Registro de la Propiedad es necesaria para que el comprador quede plenamente protegido en el derecho que ha adquirido y pueda obtener un préstamo hipotecario.
Se presente en la Oficina Registral en cuyo territorio se encuentre la vivienda adquirida:
Copia autorizada de laescritura pública de venta.
Impreso de Autoliquidación del Impuesto del que resulte que se ha efectuado el ingreso de la cantidad autoliquidada.
Último recibo del IBI, a fin de poder hacer constar en el Registro la referencia catastral de la vivienda.
La presentación de tales documentos puede realizarse Directamente por el comprador. Por una gestoría. Por la Notaría, si presta servicios de gestión.
En todo caso es preciso saber que una vez presentado el documento en el Registro, la inscripción habrá de ser practicada dentro de los quince días hábiles siguientes. La inscripción realizada fuera de plazo por el registrador producirá una reducción de aranceles de un treinta por ciento sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador correspondiente.
El INE ha publicado las cifras de ventas de viviendas de noviembre de 2018. A nivel nacional, en noviembre se inscriben en los registros de la propiedad 170.271 fincas, un 9,4% más que en el mismo mes del año anterior Las compraventas de viviendas inscritas aumentan un 2,8% respecto a noviembre de 2017.
Ganadores y perdedores
El mayor número de transferencias de propiedad / título, (medido por 1.000 habitantes), se registró en Rioja (723), Castilla y León (718) y Valencia (610). Mientras que las mayores variaciones en las tasas ocurrieron en Madrid (21,7%), Cantabria (19,6%) y La Rioja (19,4%). Por el contrario, Aragón (-11,7%), Illes Balears (-6,0%) y Extremadura (-4,4%) registraron las tasas anuales más bajas. Respecto a las ventas de viviendas registradas, las comunidades autónomas con mayor número de transferencias por cada 100.000 habitantes fueron Valencia (168), Rioja (144) y Cantabria (128). Las Baleares (-7,2%), Andalucía (-5.9) y Extramadura, (-5%) presentan las tasas anuales más bajas. Las razones para los cambios pueden ser political. El tercer trimestre de 2018 ha sido el primero de la guerra comercial iniciada por EE UUcon la imposición de aranceles a las exportaciones de acero y aluminio a la UE, China y algunos países asiáticos y americanos. Y el Brexit sigue siendo un quebradero de cabeza para Europa.
Andalucia 29.318 transmisiones inscrita noviembre 2018
Donaciones y herencias mejoran en Andalucia
En general, las transferencias aumentaron un 10,6% en Andalucía en comparación con noviembre de 2017, pero como esto incluye todas las transferencias, incluidos donaciones y herencias, así como los usufructs, es explicable.
Andalucia 4.323 fincas rusticas noviembre 2018
Los cambios en las exenciones del impuesto a la herencia introducidos en enero de 2018 crearon un cambio radical en el que los beneficiarios podrían aceptar su herencia. Las leyes legales de sucesión se aplican en España a los ciudadanos españoles, tanto en estados de intestados como a aquellos que dejan un testamento. La ley española evalúa el patrimonio de la persona que recibirá el regalo post humous. A diferencia del Reino Unido, por ejemplo, donde se evalúa el estado del fallecido. Andalucía ha aumentado su umbral de exención para los beneficiarios más cerca, por ejemplo, los niños. En tales casos, el primer millón de euros de patrimonio personal está exento ahora cuando se evalúa la obligación tributaria por el activo heredado. Esto, como era de esperar, ha llevado a muchos más individuos a asumir sus legados.
Transmitidas casi 25.000 Fincas Urbanas Andalucia noviembre 2018
Propiedad en Andalucía vendida en noviembre de 2018
Las ventas en Andalucía han bajado un 5,9% respecto a noviembre del año pasado. Algunas de las ofertas mas chollas han sido vendido, aunque todavía hay más por ahí. Sin embargo, en términos generales, la perspectiva es positiva. En el mes de noviembre de 2018 se registraron 13,202 ventas de parcelas y propiedades urbanas y 1,774 en las zonas rurales de Andalucía. El número total de viviendas vendidas fue de 7.950, de las cuales 1.516 fueron de construccion nueva. Hay propiedades ya disponibles: Esta propiedad en el pueblo blanco famosos de Jimena de la Frontera se vende completa con muebles y es una verdadera ganga. Esta cortijo rural en 10 hectareas también es otra oportunidad fantástica.
15.332 viviendas transmitidas Andalucia noviembre 2018
Casa de pueblo de 2 dormitorios y 1 baño con patio y vistas impresionantes. Esta propiedad completamente amueblada está disponible hasta finales de enero. 2 habitaciones dobles y una sala de estar. Tiene capacidad para 6 personas. Ubicado en el corazón de Jimena de la Frontera, cerca de bares de tapas, restaurantes increíbles y hermosos senderismos.
Hay algo especial sobre Jimena. Ubicado a 35 minutos del aeropuerto de Gibraltar y con los aeropuertos de Málaga y Jerez también son opciones viables. Aquí hay un vistazo de lo que se ofrece:
Cosas para Hacer
Jimena ofrece una amplia variedad de actividades, desde paseos por el campo hasta el coro de Navidad y degustación de los vinos y la gastronomía de la zona.
Esta zona forma parte de las rutas migratorias para las aves que vuelan entre África y Europa y también es un hábitat permanente para las . Hay un par de aguililla calzadas que pasan regularmente por esta zona. Realmente especial. Obtenga más información sobre las aves locales aquí.
Castillo de Jimena
El pueblo tiene un castillo histórico que se remonta a la época árabe. También hay evidencia de que fue un sitio importante durante la época de los romanos.
Zoológico de vida silvestre y pajarera
En la boca del pueblo hay una reserva de protección de animales exoticos importada / exportada ilegalmente. El zoológico intenta proteger y ofrecer un hábitat lo más normal posible a los animales que viven aquí. Vale la pena a visitarlo.
Alojamiento de vacaciones
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Cuando un no-residente vende una propiedad, el comprador debe de retener una cantidad equivalente al 3% del precio de compra fijado en la escritura notarial e ingresarla directamente en la AEAT “a cuenta” del futuro impuesto que el no-residente deberá declarar. El comprador presentará la declaración y pago del 3% mediante el modelo 211 en el plazo de un mes desde la fecha de la compra-venta.
El vendedor no-residente recibirá una copia de este ingreso de cara a la posterior declaración de su ganancia o pérdida patrimonial en la venta de su inmueble.
Ganancia Parcial
Si el vendedor no-residente ha obtenido una ganancia patrimonial en la venta del inmueble inferior al 3% retenido e ingresado en la AEAT por el comprador, podrá recuperar parte de dicha cantidad mediante la presentación del correspondiente modelo tributario, en este caso, el modelo 210 de No Residentes.
Pérdida patrimonial
En caso de haber obtenido una pérdida patrimonial, se podrá recuperar la totalidad de la retención, sin embargo, esta devolución será en la mayoría de los casos objeto de comprobación por parte de la Agencia Tributaria, con lo cual, el vendedor no-residente deberá disponer de todos los documentos que prueban la realidad de dicha ganancia o incluso pérdida.
El Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) se devenga el 31 de diciembre de cada año y el plazo para presentar el mismo es el año natural siguiente a la fecha del devengo.
Hay 3 escenarios principales en los que se pueden hacer deducciones: Sin ganancias, ganancias parciales y ganancias, pero la propiedad fue su hogar permanente y usted está transfiriendo la ganancia a otro hogar permanente. Naturalmente, este último ejemplo es un poco inusual para un no residente.
Modelo de declaración
Modelo 210, aprobado por la Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, consignando el tipo de renta 28. Sin embargo, cuando se aplique la exención por reinversión en vivienda habitual se consignará el tipo de renta 33 ó 34, según corresponda.
Formas de presentación
en papel, imprimiendo el documento PDF que resulta de cumplimentar el formulario disponible en el portal de internet de la Agencia Tributaria.
telemática, por Internet.
Cuando el inmueble objeto de transmisión sea de titularidad compartida por un matrimonio en el que ambos cónyuges sean no residentes, excepcionalmente se podrá realizar una única declaración.
Plazo: tres meses
Contados a partir del término del plazo que tiene la persona que adquirió el inmueble para ingresar la retención (este plazo es, a su vez, de un mes desde la fecha de la venta).
Devolución del exceso retenido
En el caso de pérdidas patrimoniales o en el caso de que la retención practicada sea superior a la cuota que debería haberse ingresado, existe derecho a la devolución del exceso retenido. El procedimiento de devolución se inicia con la presentación del modelo de declaración.
La Administración puede practicar liquidación provisional dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración. Cuando la declaración se presente fuera de plazo, los seis meses se computarán desde la fecha de su presentación. Si la liquidación provisional no se practica en el referido plazo, la Administración tributaria procederá a devolver de oficio el exceso sobre la cuota autoliquidada, sin perjuicio de la práctica de ulteriores liquidaciones que pudieran resultar procedentes. Transcurridos los seis meses citados sin que se haya ordenado el pago de la devolución por causa no imputable al contribuyente, se añadirán a la cantidad pendiente de devolución los correspondientes intereses de demora.